Municipalidad Distrital de La Molina

Eliminación de criaderos

Reconocimientos

Los criaderos tipificados como dentro de las edificaciones comprenden:

• Recipientes de almacenamiento de agua como toneles o barriles, tanques cisternas y piscinas fijas o portátiles.

• Recipientes ornamentales como floreros, maceteros, plantas en agua, piletas, urnas y cultivos de hidroponía.

• Recipientes desechados como latas, botellas, chatarra y llantas.

• Bebederos de animales domésticos.

• Bandejas de aire acondicionado y neveras.

• Canales o canaletas obstruidos, cavidades en muros o techos.

• Cualquier otro objeto que pueda servir de criadero, en zonas de acopio de reciclaje que estén expuestas a la acumulación de agua.

Los criaderos tipificados como fuera de las edificaciones comprenden:

1. Piscinas portátiles (en áreas de uso común)

2. Floreros o arreglos ornamentales fuera de las casas.

3. Alcantarillas sin desagüe.

4. Llantas, repuestos usados de vehículos, chatarra y residuos sólidos, destinados a reciclaje que se encuentren mal almacenados.

5. Recipientes o residuos sólidos desechados en botaderos ilegales de basura.

6. Cualquier otro objeto que pueda servir de criadero.