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El Programa de Reconocimiento e Incentivos por Puntualidad en el Pago de Tributos Municipales – MOLICARD, es un programa que tiene por objeto reconocer la puntualidad por el pago de los tributos municipales de los contribuyentes del distrito de la Molina, ofreciendo una serie de beneficios para estimular el cumplimiento oportuno de sus obligaciones tributarias.
Podrán acceder al programa MOLICARD, todos los contribuyentes activos registrados en la Municipalidad Distrital de la Molina, personas naturales, sociedad conyugales o sucesión, que se encuentren al día en el pago de sus obligaciones tributarias, excepto las personas jurídicas.
De tratarse de sucesiones indivisas que tienen la calidad de contribuyentes, podrán acceder al Programa MOLICARD, sus representantes debidamente registrados y reconocidos ante la Plataforma Única de Atención al Ciudadano de la Municipalidad
En caso de sociedades conyugales que tienen la calidad de contribuyentes, accederán al Programa MOLICARD ambos cónyuges siempre que se encuentren debidamente registrados y reconocidos ante la Plataforma Única de Atención al Ciudadano
Asimismo, gozaran de los beneficios del programa MOLICARD, los hijos de las sociedades conyugales registradas y reconocidas en Plataforma Única de Atención al Ciudadano de la Municipalidad. En este caso, los hijos de las sociedades conyugales deben encontrarse debidamente registrados.
Para acceder al Programa MOLICARD, se deberá de cumplir con los siguientes requisitos:
VECINO PUNTUAL PREMIUM:
Califican como Vecino Puntual Premium, los contribuyentes que cumplen con los siguientes requisitos:
– Ser persona natural, sociedad conyugal o sucesión registrada como contribuyente activo.
– Actualizar sus datos en la Plataforma Única de Atención al Ciudadano de la Municipalidad Distrital de la Molina
– Haber realizado el pago anual del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal vigente en forma adelantada (anual) hasta la fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial o hasta su fecha prorrogada, de ser el caso.
– No registrar deuda vencida por concepto de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Costas Procesales o Multas Tributarias al 31 de diciembre del ejercicio anterior.
VECINO PUNTUAL:
Califican como Vecino Puntual, los contribuyentes que cumplen con los siguientes requisitos:
– Ser persona natural, sociedad conyugal o sucesión registrada como contribuyente activo en la Municipalidad Distrital de La Molina.
– Actualizar sus datos en la Plataforma Única de Atención al Ciudadano de la Municipalidad Distrital de la Molina
– Haber realizado el pago trimestral del Impuesto Predial del año corriente hasta la fecha de su respectivo vencimiento de la primera cuota (febrero), segunda cuota (mayo), tercera cuota (agosto) y cuarta cuota (noviembre). Asimismo, deben encontrarse al día en el pago mensual por concepto de Arbitrios Municipales del año corriente hasta la fecha del corte o evaluación.
– No registrar deuda vencida por concepto de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Costas Procesales o Multas Tributarias al 31 de diciembre del ejercicio anterior.
El Programa MOLICARD, otorgara a los contribuyentes del distrito los siguientes beneficios por el pago oportuno:
- Atención preferencial, dentro de la Plataforma Única de Atención al
- Descuentos, promociones u ofertas en la compra de bienes y/o servicios en los establecimientos afiliados al Programa
- Participación en los sorteos que organice la Municipalidad como reconocimiento y agradecimiento a los vecinos por el pago de sus tributos municipales.
- Otros Beneficios
Nota: Los descuentos, beneficios y/o prestaciones del Programa MOLICARD podrán otorgarse de manera diferenciada a los contribuyentes considerando la categoría a la que pertenezcan. Asimismo, se brindarán en forma progresiva.
Los contribuyentes serán excluidos del Programa MOLICARD cuando se verifique cualquiera de los siguientes supuestos:
- Cuando realice el pago de sus tributos municipales fuera del plazo
- Cuando incurra en una infracción tributaria
- Cuando se pierda la condición de titularidad del predio
- Cuando el contribuyente inicie un procedimiento contencioso/administrativo y/o judicial o tener uno en trámite.
- Incumplir las obligaciones tributarias formales siendo pasible de sanción.
Nota:
El padrón de contribuyentes del Programa MOLICARD se verificará y actualizará al cierre de cada vencimiento (febrero, mayo, agosto y noviembre), excluyéndose a aquellos contribuyentes que han incurrido en cualquiera de los supuestos indicados.
Los contribuyentes que hubieran sido excluidos del Programa MOLICARD, podrán reincorporarse en el trimestre siguiente de producido:
- El pago total de la deuda tributaria vencida, si su exclusión se produjo por el incumplimiento de las obligaciones tributarias
- El pago total de la deuda generada como consecuencia de la presentación de la declaración jurada
- La presentación del desistimiento de la pretensión en los casos en que la exclusión se produzca por iniciar un procedimiento contencioso tributario que continúa en trámite.