La vigilancia sanitaria consiste en un conjunto de actividades de observación y evaluación sobre las condiciones sanitarias del transporte y comercio de alimentos en protección de la salud. La Municipalidad Distrital de La Molina, como Autoridad de Salud Local, realiza la vigilancia sanitaria permanente a través de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, la cual tiene la responsabilidad de asegurar y supervisar que se cumplan los lineamientos, ordenanzas, normas y leyes relacionadas con la inocuidad de los alimentos.
Dichas actividades se vienen realizando coordinadamente con las Autoridades Nacionales competentes. Así, conjuntamente con el Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA del Ministerio de Agricultura y Riego – MINAGRI, se ejecuta la vigilancia sanitaria de alimentos agropecuarios primarios y piensos en el transporte y comercio dentro de la jurisdicción, en marco del Programa Mejora de la Inocuidad Agroalimentaria.
Vigilancia Sanitaria en Mercados de Abasto y Transporte de Alimentos
De acuerdo al D.L. N° 1062, Ley de Inocuidad de Alimentos, se establece la competencia municipal en el artículo 20° el control y vigilancia del transporte de alimentos, así como la vigilancia de los establecimientos de comercialización, elaboración y expendio de alimentos están a cargo de la municipalidad, en conformidad con la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Capacitación en Buenas Prácticas de Manipulación de Alimentos – BPM y Procedimientos Operativos Estandarizados de Saneamiento – POES en el comercio y transporte de alimentos
En concordancia con la R.M. N° 282-2003-SA/DM, Reglamento Sanitario de Funcionamiento de Mercados de Abasto y en marco del Programa Mejora de la Inocuidad Agroalimentaria, la municipalidad brinda capacitaciones en BPM y POES a los comerciantes y transportistas de alimentos. La programación se publica semestralmente y las inscripciones e informes se realizan a través del correo electrónico: alimentosaludables@portal.munimolina.gob.pe.
PROGRAMA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL DEL COMITÉ DE AUTOCONTROL SANITARIO (1ER SEMESTRE) | Ver |
PROGRAMA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL DEL COMITÉ DE AUTOCONTROL SANITARIO (2DO SEMESTRE) | Ver |
PROCESO PARA LA CERTIFICACIÓN DE PUESTOS DE VENTA COMO “PUESTO DE VENTA SALUDABLE” (1ER SEMESTRE) | Ver |
PROCESO PARA LA CERTIFICACIÓN DE PUESTOS DE VENTA COMO “PUESTO DE VENTA SALUDABLE” (2DO SEMESTRE) | Ver |
Certificación “Puesto de Venta Saludable”
La certificación “Puesto de Venta Saludable” se realiza de acuerdo a la Resolución de Alcaldía N° 160-2018, la cual comunica los requisitos y evaluaciones a cumplir para ser distinguidos por la municipalidad.
Este reconocimiento de “Puesto de Venta Saludable” es una distinción especial a todos los puestos de los mercados de abasto que han cumplido con dos evaluaciones higiénico sanitarias con calificación Aceptable, es decir, han superado el mínimo de 75% en puntaje en ambas evaluaciones.
Ordenanzas Municipales
- Ordenanza N° 550-2003-MML, Ordenanza sobre el sistema metropolitano de supervisión y control de alimentos y bebidas de consumo humano.
- Ordenanza N° 343-2017-MDLM, respecto al transporte y comercio de alimentos agropecuarios primarios y piensos en el distrito de La Molina.
- Ordenanza N° 305-2016-MDLM, Ordenanza que aprueba el reglamento de fiscalización y control administrativo de la municipalidad de La Molina (RFCA) y el cuadro de infracciones y sanciones administrativas (CISA).